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ACCIONES BANCO POPULAR

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ACCIONES BANCO POPULAR 

Las ultimas noticias las estarás siempre viendo en los periódicos o en los noticiarios, aunque te comentamos como fue todo.
El 6 de junio de 2017 el Banco Central Europeo comunicó la inviabilidad del Banco Popular por considerar que la entidad no podía hacer frente al pago de sus deudas. Y el instrumento de resolución era la venta del negocio.
El Banco Popular inició un proceso de venta sin éxito, a pesar de que hubo varias entidades interesadas. El único que presentó la oferta cumpliendo los requisitos a los efectos del FROB fue el Santander.

 Los antecedentes fueron los siguientes:

  • 26/05/2016. Ampliación de Capital: El Banco Popular realizó ampliación de capital por importe de 2.505 millones de euros. .
  • 3/04/2017. El Banco Popular publicó un hecho relevante reconociendo incorrecciones contables del ejercicio 2016. El banco y la auditora manifestaron que no tenía impacto significativo como para justificar una reformulación de cuentas.
  • 7/06/2017. Resolución del FROB liquidando Banco Popular, venta a Banco Santander por un 1 euro.

y qué pasa con los Afectados?
Pues que gracias a la justicia, podrán reclamar los minoristas (personas físicas o jurídicas) independientemente de la cantidad invertida, que compraron las acciones en la ampliación de 26/05/2016 o con posterioridad pero dentro de que se conocieran los graves problemas de solvencia de la entidad.
En concreto los afectados son:
  • Accionistas de la ampliación de 26/05/2016 o posterior pero antes de 10/04/2017 (cuando se conoció el problema de solvencia). Compradas en Banco Popular o en otras entidades bancarias.
  • Accionistas que compraron acciones desde el 5/12/2012 hasta la ampliación de capital 25/06/2016. Compradas en Banco Popular o en otras entidades bancarias.
  • Titulares de bonos, preferentes y/o deuda subordinada que se convirtiera en acciones.
¿Porqué se puede reclamar la cantidad?
Porque los accionistas compraron el producto bajo una apariencia de solvencia y saneamiento en sus cuentas que no se correspondía con la realidad. Nada podía hacer pensar que el Banco Popular fuera a ser “intervenida” en menos de un año.

Y ojo con la Compensación del Santander
Asociaciones de consumidores y especialistas en Derecho bancario alertan sobre las posibles repercusiones de la compensación ofrecida por el Santander a los accionistas y bonistas del Banco Popular. Los denominados bonos de fidelización, un producto complejo y totalmente inadecuado para clientes minoristas, pueden poner en riesgo los ahorros de los afectados en el futuro.
Solo tendrán acceso a dicha compensación aquellos accionistas que hayan adquirido los títulos entre el 26 de mayo y el 21 de junio de 2016 o los que tengan obligaciones subordinadas “Tier 2” de dos emisiones del 2011. Se quedan fuera del plan de fidelización los accionistas que hayan comprado los valores en otras fechas y los clientes que no tuviesen depositado su producto en el Santander, el Popular, el Banco Pastor o Popular Banca Privada en el momento de la resolución del Banco Popular.
Las personas que acepten la compensación no podrán acudir a los tribunales, ya que al acogerse a la propuesta del Santander renuncian obligatoriamente a la vía judicial.
​Desde nuestro despacho aconsejamos máxima cautela y asesoramiento profesional antes de tomar una decisión que pueda resultar perjudicial para el consumidor.
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