Fuente: elconfidencial.com
El Supremo obliga a la banca a devolver millones sepultados en promociones fallidas El Tribunal abre un nuevo frente judicial contra las entidades bancarias. Una ley de 1968 recién derogada les obligaba a vigilar los fondos que los compradores daban a constructores |
Fuente:Expansion
SENTENCIA NOVEDOSA Los estafados por comprar 'casas fantasma' podrán recuperar su dinero. La Audiencia Provincial de Valencia responsabiliza por primera vez a un banco y le obliga a reintegrar el anticipo, y los intereses, a una persona que compró una vivienda sobre plano a una promotora que quebró. Los particulares que entregaron dinero a cuenta a promotoras que quebraron o desaparecieron para la compra de una vivienda que nunca fue construida podrán recuperar su dinero. Según el fallo emitido por la Audiencia Provincial de Valencia (APV) el pasado 28 de enero, que aplica por primera vez la doctrina jurisprudencial del Tribunal Supremo (TS), las personas que no recibieron ningún tipo de aval al entregar este patrimonio deberán ser reembolsadas, no por la promotora sino por la entidad bancaria donde fue ingresado el anticipo en cuestión. La sentencia de la sección undécima de la APV es muy clara en este sentido y apunta que "en las compraventas de viviendas regidas por la Ley 57/1968, sobre percibo de cantidades anticipadas en la construcción y venta de viviendas, las entidades de crédito que admitan ingresos de los compradores en una cuenta del promotor sin exigir la apertura de una cuenta especial y la correspondiente garantía responderán frente a los compradores por el total de las cantidades anticipadas e ingresadas en la cuenta o cuentas que el promotor tenga abiertas en dicha entidad". |