VIVIENDA NO ENTREGADA
¿PAGASTE UN ADELANTO EN LA COMPRA DE TU VIVIENDA Y NO HA SIDO ENTREGADA?
Tienes derecho a reclamar a la entidad aseguradora que tenía que haber avalado la operación.
¿En qué consiste la reclamación?
Se reclama la nulidad del contrato y la devolución de las cantidades entregadas anticipadamente.
¿Contra quién se interpone la demanda?
Contra las aseguradoras firmantes del aval o seguro de caución.
Según el Tribunal Supremo, también deberán responder las entidades financieras en las que se hubiesen depositado las cantidades (debían haberse asegurado de que la promotora o cooperativa había contratado el seguro o aval).
¿Quién responde si la promotora se declara insolvente?La promotora siempre debe devolver el dinero, pero en general será insolvente. En este caso, el orden de responsables es:
¿PAGASTE UN ADELANTO EN LA COMPRA DE TU VIVIENDA Y NO HA SIDO ENTREGADA?
Tienes derecho a reclamar a la entidad aseguradora que tenía que haber avalado la operación.
¿En qué consiste la reclamación?
Se reclama la nulidad del contrato y la devolución de las cantidades entregadas anticipadamente.
¿Contra quién se interpone la demanda?
Contra las aseguradoras firmantes del aval o seguro de caución.
Según el Tribunal Supremo, también deberán responder las entidades financieras en las que se hubiesen depositado las cantidades (debían haberse asegurado de que la promotora o cooperativa había contratado el seguro o aval).
¿Quién responde si la promotora se declara insolvente?La promotora siempre debe devolver el dinero, pero en general será insolvente. En este caso, el orden de responsables es:
- Si hay aval o seguro individualizado, responderá la avalista o aseguradora.
- Si no lo hay, pero hay un contrato de línea de avales o póliza general de seguro, también responde la avalista o aseguradora.
- Si no hay ninguna de las garantías anteriores, responde la entidad financiera que ha recibido los ingresos.